lunes, 11 de octubre de 2010

¿Demoque?: ACTA

Iniciamos una nueva serie en Entropía Sistémica dedicada a analizar y criticar diferentes medidas de diversos Gobiernos y otras “entidades” en su labor de convertir eso que llaman “democracia” en una pantomima cada vez más evidente bajo la apática mirada y observación de la “ciudadanía” alienada y despojada de cualquier herramienta de lucha, sentido de clase o valor ideológico no abstracto o simplista. Damos la bienvenida a nuestra serie “¿Demoque?” con un invitado de excepción, ACTA.

¿Qué es ACTA?
ACTA son las siglas (en inglés) del Anti-Counterfeiting Trade Agreement (ACTA, Acuerdo comercial anti-falsificación) y es la respuesta al supuesto “incremento de los bienes falsificados y obras protegidas por copyright pirateadas en el mercado global”.

ACTA fue iniciado por U.S.A, la Comisión Europea, Suiza y Japón y posteriormente se han sumado muchos otros países, entre ellos, España.

ACTA pretende crear un marco legal internacional al que pueda adherirse cualquier Estado creando así, una especie de gobierno propio y mundial para dar freno a su “problema de piratería”, totalmente al margen de las instituciones internacionales destinadas a tal fin ya existentes como son la Organización Mundial del Comercio (OMC), la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI) o la Organización de Naciones Unidas (ONU), -todas ellas ya de por si aberrantes y a las que seguramente dediquemos alguna entrada en esta misma serie de artículos-.

Este hecho, desde un punto de vista meramente democrático e institucional, es ya una aberración en si mismo pero que con la lectura, iremos descubriendo que no es más que la punta del iceberg, pues ACTA encierra una basura, perversión y hedor mucho más profundos que su fuerte esencia anti-democrática. Para empezar, ACTA se ha forjado bajo una serie de negociaciones privadas y ultra-secretas e incluso el mismo contenido de las propias negociaciones es secreto. Todo ello, huele bastante a basura de la que rezuma a podredumbre, y más teniendo en cuenta que es algo de lo que la práctica totalidad de la población mundial es parte afectada.

ACTA es, en principio, un tratado económico, pero se ha negociado como se tratan los tratados militares, a puerta cerrada y rodeado del mayor secretismo posible. La única información pública en referencia al mismo se debía a borradores filtrados por miembros del grupo de trabajo y colgados en internet. Ha sido y es subvencionado por lobbies y grupos económicos interesados enormemente en el copyright y las patentes y no se ha permitido en ningún momento la inclusión en su redacción, supervisión o corrección de ningún grupo social, ONG, fundación, asociación, comunidad o ente democrático o no, que no tuviese intereses económicos directos en el copyright y las patentes. Pero, ¿por qué?.

¿Qué es realmente ACTA?
Si nos apartamos de la visión alienada y soporífera de lo estrictamente democrático y políticamente correcto, y analizamos ACTA desde una perspectiva anarquista, descubrimos que realmente, el acuerdo representa un importante paso adelante en la re-afirmación del poder de las grandes empresas y lobbies de poder, el comienzo de un marco legal de tipo autoritario para el control de internet y de los usuarios, del control sistemático de las telecomunicaciones y del ensayo de lo que podría convertirse (al sentar precedente) en un nuevo gobierno oligárquico y mundial donde las leyes (a nivel global) las redactan grupos de presión e intereses económicos, creando marcos legales en que garantías básicas de toda democracia como la separación de poderes se derrumbarían, y en que poderes de la policía, propios de los Estados serían concedidos a empresas privadas.
ACTA representa el mayor intento hasta la fecha de controlar internet, de perpetuar los ya desfasados y caducos conceptos relacionados con la propiedad intelectual y el copyright (en 1710 se aprueba el Estatuto de la Reina Ana por el parlamento inglés, primera norma sobre copyrigth de la historia) antes de que los mismos puedan ser re-definidos en función del nuevo escenario social y tecnológico, crear un nuevo estándar de aplicación de propiedad intelectual más allá de los estándares existentes, legislando a favor de industrias caducas como la moribunda industria audiovisual y atentando contra todo derecho y razón.

ACTA está redactado con un lenguaje extremadamente técnico en cuanto a lo legalista, es oscuro y borroso cuyo único interés es mantener a la población mundial sumida en la más absoluta ignorancia en cuanto a la realidad de su contenido para así, intentar venderlo como algo necesario y que solo irá enfocado a la lucha contra las grandes redes ilegales de falsificación y “piratería” lo cual, no es cierto. Además, los países se verán obligados a ratificar el Acuerdo si no quieren ser objeto de sanciones comerciales.

ACTA pretende ampliar el alcance del “capitulo digital” para tipificar como delito los usos ilícitos de los medios de amplia difusión. También se incluye “recomendación” a una cooperación más estrecha entre los proveedores de servicios y los titulares de derechos de autor, lo que llevaría a los países a aplicar medidas que los convierta en una policía privada de derechos de autor.

Intentan colarnos una definición de “pirata” nada precisa puesto que en el texto, no dejan nunca de utilizar el término “indirecto” (como en la Ley Sinde) para criminalizarlo absolutamente “todo”:
Pirata es todo acto (infracción) que lesiona los derechos de autor (o derecho conexo) mediante actividades que directa o indirectamente generan una ventaja comercial. Este acto debe de ser penalizado (por los firmantes del acuerdo) asegurando, además, que la responsabilidad penal por complicidad está disponible en su derecho (nacional o comunitario).
ACTA otorga poderes plenos al denominado Comité ACTA que se sitúa por encima de los propios gobiernos. Nos encontramos ante un hecho gravísimo, vamos a enumerar las competencias de éste Comité, que se han venido reforzando sigilosamente en cada modificación del texto hasta afianzar su absoluto poder. Las partes establecen en el Comité ACTA que:
  • Examinará la aplicación, funcionamiento y desarrollo del presente Acuerdo.
  • Aprobará los términos de la adhesión (de un país).
  • Considerará cualquier otro asunto que pueda afectar a la ejecución y funcionamiento del presente Acuerdo.
  • Adoptará cualquier otra acción en el ejercicio de sus funciones como el Comité pueda decidir.
  • El Comité podrá modificar las normas y procedimientos (a su antojo).
  • Cada parte podrá proponer enmiendas al presente Acuerdo (pero el Comité decidirá si se presenta o no).
Los negociadores inciden una y otra vez en que ACTA no interferirá con los derechos y libertades fundamentales de los ciudadanos, pero lo cierto, es que sus términos atentan contra numerosos intereses públicos incluyendo cada una de las preocupaciones rechazadas por los mismos.

Según la declaración de las conclusiones alcanzadas en el encuentro de más de 90 académicos, juristas, activistas y organizaciones en defensa del interés público de los seis continentes reunidos en la American University Washingtong College of Law, del 16 al 18 de Junio, ACTA es el producto previsiblemente deficiente de un proceso profundamente fallido. Lo que comenzó como una simple propuesta para coordinar el cumplimiento aduanero ha sido dirigido por los titulares de derechos de propiedad intelectual y transformado en una radical y compleja nueva regulación internacional de la propiedad intelectual e Internet con graves consecuencias para la economía global y la capacidad de los gobiernos para promover y proteger el interés público.

¿Qué intereses públicos ataca ACTA?

Derechos y Libertades Fundamentales
ACTA impondrá restricciones al goce de los derechos y libertades fundamentales incluyendo derechos humanos internacionalmente protegidos como; el derecho a la salud, privacidad y protección de datos personales, libertad de expresión, derecho al debido proceso, incluido el derecho a un juicio justo y la presunción de inocencia, y el derecho a la participación cultural.

Internet
Alentará a las empresas prestadoras de servicio de Internet (operadores como telefónica, vodafone, orange, Jazztel, etc, etc) a vigilar las actividades de los usuarios, incluyendo la desconexión de la red, al hacer a dichos proveedores responsables por los actos de sus abonados (o de quienes le estén robando la conexión WiFi), condicionar su limitación de responsabilidad a la adopción de políticas restrictivas y de vigilancia, y requerir a las partes promover la cooperación entre proveedores de servicio y titulares de derechos.

Alentará a la supervigilancia de la ciudadanía sin siquiera un control judicial o proceso al más puro estilo orweliano.

Globalizará las disposiciones 'anti-elusión' (de las medidas de protección tecnológicas) que amenazan la innovación, la competencia, el software libre, los modelos de negocio de acceso abierto, la inter-operatividad, el goce de los derechos de los usuarios, y las elecciones de los usuarios, es decir, atentará directamente contra la única libertad real que tenemos los ciudadanos actualmente, el derecho a consumir lo que queramos con libertad.

Acceso a Medicamentos
ACTA amenazará el acceso global a medicinas a bajo costo (medicamentos genéricos) entre otros motivos al:
  • Autorizar a las autoridades aduaneras para incautar productos en países de tránsito, inclusive cuando tales productos no infringen ninguna ley en los países productores e importadores.
  • Extender potencialmente la responsabilidad de intermediarios a inocentes proveedores de ingredientes farmacéuticos de principios activos cuyos materiales son usados en productos etiquetados sin su conocimiento.
  • Limitar flexibilidades clave a la adopción de medidas cautelares que son necesarias para promover el interés público, incluidas para políticas que desvinculan el coste de investigación y desarrollo del precio de los productos.
  • Expandir el ámbito de las patentes, un asunto inapropiado para la política de la falsificación.
  • Hacer poco o nada por abordar el problema de los medicamentos con insuficientes o equivocados ingredientes que son el resultado principal de los cambios reguladores en los medicamentos.
Ámbito y Naturaleza del Derecho de Propiedad Intelectual
ACTA distorsionará los balances fundamentales entro los derechos e intereses de propietarios y usuarios, entro otros motivos al:
  • Introducir derechos y procedimientos enormemente específicos para los titulares de derechos sin detallar las correlativas excepciones, limitaciones, y procedimientos de resguardo de los usuarios.
  • Alterar la carga de la observancia de la ley hacia las autoridades públicas e intermediarios privados de modo que sean más sensibles a las preocupaciones propietarias.
  • Requerir la adopción de fórmulas de daños estatuarios, potencialmente desvinculadas de cualquier daño o lucro.
  • Omitir adecuados desincentivos al abuso de los procedimientos de observancia por los titulares de derechos.
  • Incluir rígidas medidas cautelares, daños y exigencias en los procedimientos civiles y penales que restringirán la flexibilidad gubernamental, impedirán la innovación, y retrasarán el desarrollo y difusión de tecnologías verdes.
Comercio Internacional
ACTA erigirá barreras, perjudicando desproporcionadamente a países en “vías de desarrollo” o que es lo mismo, en vías de capitalización y dependen de la importación y exportación de bienes esenciales. Específicamente, ACTA:
  • Extenderá el registro e incautación en fronteras 'ex officio' y 'en tránsio' a un amplio rango de “supuestas” infracciones a la propiedad intelectual, incluyendo alegaciones de infracción a patentes que envuelvan complejas cuestiones de derecho y de hecho que son imposibles de ser juzgadas por las autoridades aduaneras.
Derecho Internacional e Instituciones
ACTA directa o indirectamente entra en conflicto con un gran número de leyes y procesos internacionales. Específicamente, ACTA contiene disposiciones que:
  • Entran directamente en conflicto con el Acuerdo sobre Aspectos de la Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (ADPICs) de la Organización Mundial del Comercio (OMC) al permitir la incautación sobre la base de la legislación “de la parte que provee el procedimiento” en vez “el país de importación” (Art. 52 ADPICs).
  • Entran indirectamente en conflicto con ADPICs al fallar en proteger e incorporar protecciones claves en contra de los abusos (por ejemplo, Artículos 41.1, 48.1, 48.2, 50.3, 53.1), flexibilidades para promover el interés público (por ejemplo, Art. 44.2 ADPICs), requisito de proporcionalidad de las medidas de observancia (por ejemplo, Arts. 46, 47), y disposiciones que proveen balance entre los intereses de propietarios, consumidores, y la sociedad en general (por ejemplo, Arts. 7, 8, 41.2 ADPICs).
  • Entran en conflicto con la Declaración de Doha sobre ADPICs y Salud Pública y la Resolución 61.21 de la Asamblea de la Organización Mundial de la Salud al limitar la capacidad de los países para usar las flexibilidades de ADPICs para promover el “pleno” acceso a medicamentos.
  • Socavan la Agenda para el Desarrollo de la Organización Mundial de la Propiedad Intelectual (OMPI), particularmente el compromiso de la recomendación 45 para “considerar la observancia de los derechos de propiedad intelectual desde el punto de vista de los intereses generales de la sociedad y de los objetivos orientados a impulsar el desarrollo”.
  • Socavan el rol de la OMPI y de la OMC al crear una nueva y redundante administración internacional.
Proceso Democrático
ACTA altera el tradicional y constitucionalmente establecido proceso de elaboración de las leyes al:
  • Exportar y cristalizar prácticas de observancia de la propiedad intelectual controvertidas y problemáticas, principalmente de los Estados Unidos, impidiendo mejoras legislativas en el futuro en respuesta a los cambios en tecnología o política.
  • Exigir cambios sustantivos en las leyes de propiedad intelectual de varios países, sin un proceso legislativo.
  • El proceso de negociaciones de ACTA ha esencialmente, fracasado. Específicamente, las negociaciones:
  • No han sido conducidas en público, al contrario de muchas negociaciones multilaterales.
  • No han sido acompañadas de pruebas que demuestren la existencia de problemas de políticas públicas que pretendan solucionar.
  • Han procedido bajo condiciones que restringen la contribución pública a un selecto grupo de interesados, mantenidas bajo reserva y sin acceso a la última versión de su velozmente cambiante texto.
  • Carecen de representación de partes interesadas, especialmente de la sociedad civil.
La respuesta de ECIS.
ECIS es una poderosa coalición empresarial liderada por Google Europa, sus siglas dan nombre a la European Committee for Ineroperable Systems, en la que están representados también Adobe, IBM, Oracle (curioso) y otros, ha expresado su preocupación por el impacto de ACTA. ECIS es una asociación fundada en 1989 para promover la interoperabilidad y la libre competencia, así como un entorno favorable para las soluciones TIC en Europa. Ello, le ha llevado a mantener una guerra abierta y permanente contra Microsoft.

Los socios de ECIS muestran su absoluto rechazo por la regresión que supone el Acuerdo en relación con la ya de por si muy restrictiva Directiva 2001/29/CE, en la que al menos, se alcanzó el acuerdo gracias al Parlamento Europeo, que permite eludir las medidas tecnológicas de protección de las aplicaciones informáticas que permitan adecuar la interoperabilidad (con otras aplicaciones o sistemas) y prevenir que poderosos jugadores (entre ellos Microsoft y Apple) obstaculicen la competencia y la innovación.

Ahora el ECIS denuncia que ACTA no hace ésta excepción, no existe disposición alguna en ACTA que indique que tales disposiciones no se apliquen a las aplicaciones informáticas. Y el lector pensará; bueno, y a mi eso me importa una mierda de paloma por que ese tema solo incumbe a los frikis y a los geeks, y nada más lejos de la realidad que esa afirmación. Posibles impactos de esto último, serían por ejemplo la no disposición de controladores para cierto hardware en Linux, Hurd, o BSD puesto que algunos fabricantes no proporcionan drivers para dichos sistemas y los drivers para Windows estarán protegidos bajo patentes de software que bajo ACTA serán inquebrantables bajo pena de carcel.

Los problemas más graves y que hacen incluso peligrar la existencia de mismísimo Software Libre son:

Patentes de Software
  • ACTA extiende e importa el sistema de patentes de Estados Unidos al resto del mundo. Los socios de ECIS denuncian que “se criminaliza la infracción de patentes de software” con condenas de cárcel incluidas ya en el borrador ACTA. Una nueva inquisición mundial en la que los desarrolladores de software serán disuadidos para no tomar riesgos y continuar el magnífico trabajo que están desarrollando en Europa. Ecis denuncia las gravísimas consecuencias de este aspecto de ACTA diciendo lo siguiente:
El impacto sería particularmente grave en el ámbito de la interoperabilidad de software, donde la falta de una clara excepción sobre la interoperabilidad de las patentes permite a a los titulares de patentes amenazar a los desarrolladores alternativos.
La imposición de sanciones penales a los desarrolladores podrían agravar el daño aún más. Las consecuencias serían potencialmente aún más drásticas para los desarrolladores de código abierto en Europa que por miedo deberán abandonar.
Por último, ECIS le ha recordado a la Unión Européa y a los políticos la importancia de la transparencia en las negociaciones sobre un acuerdo comercial con tantas repercusiones para la vida de los ciudadanos de todo el mundo y la propia actividad empresarial. 

¿Qué supone ACTA para países como China, India o Pakistán?
ACTA es realmente un serio problema para muchos países productores como son en la actualidad, China, La India o Pakistán, de hecho, ACTA es además un claro intento por mantener esas economías emergentes lo más controladas posibles evitando a toda costa que consigan la emancipación en cuanto a diseño de productos se refiere. Se pretende que el diseño sea propiedad de Estados Unidos, Canadá, Japón o Europa, pero se fabrique en estos países con economías emergentes por lo que se les restringe en su proceso creativo e innovador con Acuerdos extremadamente rígidos que además violan otros acuerdos previos ya firmados por dichos países en el ADPICs y que, en algunos casos como el de India, ya obligaron al país a modificar gran parte de su industria y procesos productivos.

Por lo tanto, China e India indican que ACTA viola acuerdos previos tales que:
  • ACTA está en conflicto con acuerdos del ADPICs y otros acuerdos de la OMC y causa incertidumbre legal.
  • Invalida el balance de derechos, obligaciones y flexibilidades que fueron negociadas con mucho cuidado en varios acuerdos de la OMC.
  • Distorsiona y crea barreras en torno al comercio e interrumpe el tránsito y/o transbordo de mercancías.
  • Mina flexibilidades incorporadas en los acuerdos previos de los ADPICs (por ejemplo, para la salud pública y el comercio de medicamentos genéricos).
  • Mina la libertad de los gobiernos a asignar recursos en materia de propiedad intelectual, obligándoles a centrarse en la ejecución.
  • Sienta un precedente que requieren a los acuerdos regionales y otros a seguir su ejemplo.
También sostuvieron que el enfoque en la ejecución no tuvo en cuenta el nivel de un país en desarrollo. Un amplio número de países en desarrollo apoyo la preocupación de China e India.

Lo más preocupante es que los medios no se han hecho apenas eco de algo tan trascendental como es ACTA y es vergonzoso que la única información extensa que puede encontrarse al respecto sea en páginas web y blogs, por supuesto, es mucho más interesante conocer las miserias de Belén Esteban y todos los datos y detalles de la Liga profesional de Fútbol.

Más información:
http://keionline.org/sites/default/files/actaoct2010.pdf
http://www.wcl.american.edu/pijip/go/acta-communique
http://www.techdirt.com/articles/20100617/0213109859.shtml
http://www.wto.org/english/docs_e/legal_e/27-trips_03_e.htm
http://acta.michaelgeist.ca/acta-news
http://www.laquadrature.net/

1 comentarios:

Nim dijo...

Acojonante. No teniamos bastante con el puñetero club Bilderberg y sus partiditas al hundir la flota.

A este paso me da que nuestros hijos conocerán de primera mano como se vivía en el medievo.

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